Politicas y procedimientos

1.0 INTRODUCCIÓN

1.1 Declaración de Compromiso Mutuo

El objetivo de PHARMA SERVICES S.A.S es proporcionar productos y servicios excepcionales a los consumidores. Esto solamente es posible con el apoyo y la pasión de los miembros de la organización de ventas PHARMA SERVICES (conocido como «Embajadores»). Para lograr un éxito sostenido como negocio, PHARMA SERVICES promete ayuda y apoyo a todos sus Embajadores a cambio de ese compromiso mutuo de estos Embajadores con la Compañía en el esfuerzo por llegar y apoyar a todos los consumidores interesados.

1.2 Propósito de las políticas y fecha de vigencia
  1. Para definir claramente la relación que existe entre Nosotros y usted, y para establecer explícitamente un estándar para una conducta comercial aceptable, ahora presentamos estas Políticas y Procedimientos.
  2. Como Embajador, usted está obligado a cumplir con:
    • Todos los términos y condiciones establecidos en el contrato de Embajador, los cuales podemos modificar de vez en cuando a nuestra entera y absoluta discreción, dicha modificación será notificada previamente.
    • Todas las leyes colombianas; y
    • Por último, estas Políticas y Procedimientos.
  3. El Embajador debe revisar cuidadosamente la información de estas Políticas y Procedimientos. Si tiene alguna pregunta con respecto a una política o regla, le recomendamos que busque una respuesta de su Sponsor (como se define en el Glosario de Términos aquí incluido). En caso de que su Sponsor no proporcione la aclaración apropiada, puede comunicarse con la Gerencia de PHARMA SERVICES.
  4. Estas Políticas y Procedimientos entrarán en vigor a partir del 1 de Enero de 2023 («Fecha de entrada en vigor»).

 

1.3 Estas Políticas y Procedimientos y el Plan de Compensación Incorporados en el contrato Embajador
  • A lo largo de estas Políticas, cuando se utiliza el término «Contrato», esto se refiere colectivamente al Contrato de Embajador, estas Políticas y Procedimientos, y el Plan de Compensación de la Empresa.
  • >Es responsabilidad de un Embajador Sponsor proporcionar la versión más actual de estas Políticas y Procedimientos y el Plan de Compensación de la Compañía a cada solicitante antes de cualquier ejecución de un contrato Embajador.
1.4 Cambios, Enmiendas y Modificaciones
  • Debido a que las leyes colombianas, así como el entorno empresarial, cambian periódicamente, nos reservamos el derecho de modificar el contrato de vez en cuando. Además, la Compañía puede cambiar y modificar los precios de todos sus productos en cualquier momento en el futuro. Tenga en cuenta que esta disposición NO se aplica a la cláusula de arbitraje que se encuentra en la Sección 12, que solo puede modificarse a través del consentimiento mutuo.
  • Dicha modificación o cambio entrará en vigor inmediatamente después de la notificación por parte de uno de los siguientes métodos:
  • Publicación en el sitio web oficial de la Empresa.
  • Correo electrónico;
  • Por escrito a través de boletines informativos de la Compañía o canales de comunicación corporativa.
  • Entienda que cualquier negocio continuo, pedido, aceptación de una comisión o pago de bonos, u otro beneficio recibido por un Embajador en virtud de este contrato constituye la aceptación de este contrato en su totalidad con todas las enmiendas.
1.5 Retrasos

PHARMA SERVICES no será responsable de retrasos o incumplimientos en el cumplimiento de sus obligaciones cuando dicho incumplimiento se deba a circunstancias fuera de su control razonable. Esto incluye, sin limitación, huelgas, dificultades laborales, dificultades de transporte, disturbios, guerra, incendio y/o clima, reducción de una fuente de suministro o decretos u órdenes del gobierno.

2.0 PRINCIPIOS BÁSICOS

2.1 Convertirse en Embajador

Como Embajador de PHARMA SERVICES, serás parte de un equipo de personas apasionadas, impulsadas y afines, todos trabajando hacia el objetivo común de lograr el éxito emocional, personal y financiero. Para convertirse en Embajador, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener la mayoría de edad (no menor de 18 años)
  • Reside o tiene una dirección válida en la república de Colombia.
  • Tener Cédula de Ciudadanía (CC) y en el momento de empezar a percibir comisiones tendrá que proporcionar el Registro Único Tributario (RUT). Si PHARMA SERVICES no recibe la CC Y RUT por parte del Embajador después de 3 meses, PHARMA SERVICES se reserva el derecho de hacer el pago de dichas comisiones.
  • Enviar un contrato Embajador debidamente completado y firmado (a través de copia impresa o firma electrónica).
  • No ser un empleado de PHARMA SERVICES, o el cónyuge o pariente de un empleado de la Compañía que vive en el mismo hogar; Y
  • La compra de un kit de inicio de PHARMA SERVICES.
2.2 Registro e inscripción de un Embajador
  • Puede enviar su contrato de Embajador a través del correo electrónico info@phservices.com o al sitio web de PHARMA SERVICES (http://www.phservices.com). La solicitud debe ser recibida dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su inscripción para que usted reciba los beneficios del Embajador. Si el Contrato de Embajador no se recibe en un plazo de cinco (5) días hábiles, su cuenta de Embajador permanecerá en suspensión temporal hasta que recibamos el Contrato.

  • Un nuevo Embajador potencial también puede inscribirse en el sitio web replicado del Sponsor. En lugar de un contrato de Embajador firmado físicamente, aceptaremos la inscripción en la web a través de la «firma electrónica». La firma electrónica significa que el nuevo Embajador ha aceptado los términos y condiciones del contrato de Embajador, las Políticas y Procedimientos, los Términos de Uso y el Plan de Compensación. Tenga en cuenta que dicha firma electrónica constituye un acuerdo legalmente vinculante entre usted y la Compañía.

  • PHARMA SERVICES se reserva el derecho de exigir la documentación firmada para cualquier cuenta, independientemente del origen.

  • Los documentos firmados, incluidos, entre otros, los contratos de Embajador, son jurídicamente vinculantes contratos que no deben ser alterados, manipulados o modificados de ninguna manera después de la ejecución. La información falsa o engañosa, las firmas falsificadas o las alteraciones de cualquier documento, incluidos los formularios de registro comercial, realizadas después de que se haya ejecutado el documento pueden dar lugar a sanciones, hasta la terminación involuntaria de un  negocio PHARMA SERVICES de Embajador.

2.3 Derechos concedidos

PHARMA SERVICES le otorga a usted como Embajador el derecho no exclusivo, basado en los términos y condiciones contenidos en el contrato de Embajador y estas Políticas y Procedimientos, de la siguiente manera:

  • La capacidad de comprar, vender y promover productos y servicios de PHARMA SERVICES.

  • Patrocinar nuevos Embajadores en la Republica de Colombia, con ello su organización y obtención de comisiones de las ventas personales y descendentes de productos de PHARMA SERVICES.

2.4 Números de identificación
  • Cada Embajador está obligado a proporcionar su RUT a la Compañía en el Acuerdo de Embajador. Nos reservamos el derecho de retener los pagos de comisiones de cualquier Embajador que no proporcione dicha información o que proporcione información falsa.

  • Al inscribirse, le proporcionaremos un Número de Identificación de PHARMA SERVCES. Este número se utilizará para realizar pedidos, estructurar organizaciones y realizar un seguimiento de comisiones y bonificaciones.

2.5 Entidades comerciales
  • Una corporación (denominado colectivamente una «Entidad Comercial») puede ser un Embajador. Este negocio y posición de PHARMA SERVICES permanecerán temporales hasta la presentación de los documentos apropiados de la Entidad Comercial. Como ejemplos de documentos apropiados, esperamos que una solicitud de Entidad Comercial presente algunos de los siguientes: Certificado de Incorporación, Estatutos, Lista de Accionistas Actuales con su RUT. Debemos recibir estos documentos en un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de ejecución del Acuerdo de Embajador.

  • Un Embajador puede cambiar su estatus bajo el mismo Sponsor de un individuo a una Entidad Comercial siempre y cuando cumpla con la Sección 2.5(A), siempre y cuando obtenga al menos comisiones por $10.000.000 mensuales durante 6 meses antes de la solicitud, la cual PHARMA SERVICES se reserva el derecho de procesarla. Para poder hacer la solicitud el solicitante debe ser el accionista mayoritario de la “Entidad Comercial”.

2.6 Relación comercial independiente; Indemnización por acciones
  • Como Embajador, usted es un contratista independiente, y no un comprador de una franquicia u oportunidad de negocio, no puede ser considerado un empleado de la compañía ni un agente de la misma. Como resultado, el éxito de cada Embajador depende enteramente de sus propios esfuerzos independientes, los Embajadores no están subordinadas a PHARMA SERVICES de ninguna manera. Los Embajadores no están sujetos al cumplimiento de un horario, u otras solicitudes de índole laboral, son libres de decidir el uso de su tiempo, esfuerzos y acciones para dirigir su negocio.

  • El Acuerdo entre el embajador y PHARMA SERVICES SAS no crea una relación empleadora/empleado, agencia, asociación, o empresa conjunta.

  • Un Embajador no será tratado como un empleado de PHARMA SERVICES para ningún propósito, incluyendo, sin limitación, para fines fiscales. Usted es responsable de pagar los impuestos adeudados por toda la compensación obtenida como Embajador. Cualquier otra compensación recibida por los Embajadores de la Compañía se regirá por las leyes fiscales aplicables en toda la jurisdicción nacional (o las leyes fiscales de cualquier otra jurisdicción aplicable). Cada año, PHARMA SERVICES proporcionará declaraciones de información a cada Embajador y a las autoridades fiscales colombianas cuando sea legalmente requerido. El Embajador proporcionará la información razonablemente requerida por PHARMA SERVICES para preparar y enviar adecuadamente cualquier declaración de información requerida a la autoridad fiscal correspondiente. Usted como Embajador no tiene autoridad expresa o implícita para vincular a PHARMA SERVICES a ninguna obligación o a asumir cualquier compromiso por o en nombre de la Compañía. Cada Embajador, ya sea actuando como gerente de una Entidad Comercial o representado como individuo, establecerá metas, horas y métodos de operación y venta, siempre y cuando cumpla con los términos del contrato de Embajador, estas Políticas y Procedimientos y las leyes nacionales aplicables.

  • Usted es totalmente responsable de todas sus comunicaciones verbales y escritas hechas con respecto a los productos, servicios y el Plan de Compensación de PHARMA SERVICES que no están expresamente contenidos en los materiales oficiales de la Compañía. Los Embajadores indemnizarán y eximirán a PHARMA SERVICES, sus directores, funcionarios, empleados, proveedores de productos y agentes de toda responsabilidad, incluidas las sentencias, sanciones civiles, reembolsos, honorarios de abogados y costos judiciales incurridos por PHARMA SERVICES como resultado de las representaciones o acciones no autorizadas de un Embajador. Esta disposición sobrevivirá a la terminación del Acuerdo de Embajador.

2.7 Errores o preguntas

Si un Embajador tiene preguntas sobre, o cree que se han cometido cualquier error con respecto a comisiones, bonos, informes de negocios, pedidos o cargos, la Compañía requiere cualquier consulta mediante el envío de una solicitud a través de tu Back Office (dentro de tú página web de PHARMA SERVICES) de PHARMA SERVICES dentro de los treinta (30) días de la fecha del error o incidente en cuestión. Cualquier error, omisión o problema no reportado dentro de este plazo de treinta días es expresamente renunciado por el Embajador.

3.0 RESPONSABILIDADES DE UN EMBAJADOR PHARMA SERVICES

3.1 Direcciones correctas 
  • Es responsabilidad de cualquier Cliente/Embajador asegurarse de que la Compañía tenga la dirección de envió correcta antes del envío de cualquier pedido.
  • Para cualquier aviso de cambio de dirección enviado a la Compañía, un Cliente/Embajador tendrá que permitir hasta treinta (30) días para el procesamiento.

3.2 Capacitación y Liderazgo
  • Cualquier Embajador que sea sponsor de otro Embajador en PHARMA SERVICES debe realizar una auténtica función de asistencia y capacitación para asegurar que los formados por sus organizaciones de línea descendente operen su negocio de acuerdo con estas Políticas y Procedimientos. Los Embajadores Patrocinadores deben tener contacto y comunicación continuos con aquellos en sus organizaciones de línea descendente. Ejemplos de comunicación pueden incluir, pero no se limitan a, boletines informativos, correspondencia escrita, teléfono, contacto, llamadas de equipo, correo, correo electrónico, reuniones personales, acompañamiento de Embajador de línea descendente a reuniones de la empresa, sesiones de capacitación, seminarios web y cualquier otra función relacionada.
  • Los sponsors pueden colocar estratégicamente a las Embajadores recién inscritos en cualquier lugar de su organización hasta la 4ª generación durante los primeros 15 días de inscripción del  nuevo Embajador. Para realizar un cambio de ubicación, debe completar un Formulario de cambio de ubicación y enviarlo a la empresa. El Formulario de Cambio de Ubicación requiere tres firmas, la firma del nuevo Embajador, la firma del nuevo Sponsor y la firma del Sponsor actual que realiza la solicitud. Si se recibe un Formulario de cambio de ubicación después de un período de comisión, cualquier pedido realizado por un nuevo Embajador no se moverá bajo el nuevo Patrocinador. La colocación estratégica también se aplicará a los Embajadores que se ascendieron debido a la renuncia / terminación de una línea de frente.
  • PHARMA SERVICES puede tomar las medidas apropiadas contra un Embajador si determina, a su entera discreción, que, un Embajador descuida capacitar y ayudar a su organización descendente. Las medidas apropiadas pueden incluir, pero no limitarse a, el cambio de Sponsor de los miembros descuidados de la línea descendente junto con sus respectivas líneas descendentes hasta la terminación de su acuerdo de Embajador y su cuenta.
  • Un Embajador Sponsor debe monitorear a los Embajadores en sus organizaciones para asegurar que los Embajadores de línea descendente no hagan reclamos comerciales o de productos indebidos ni incurre en ninguna conducta ilegal o inapropiada. A petición, un Embajador debe ser capaz de proporcionar evidencia documentada a la Compañía del cumplimiento continuo de las responsabilidades del Sponsor.
  • Se alienta a los Embajadores de líneas ascendentes a motivar y capacitar a nuevos Embajadores sobre los productos y servicios de la Empresa, las técnicas de ventas efectivas, el Plan de Compensación de la Compañía y el cumplimiento de estas Políticas y Procedimientos.
  • La comercialización y venta de productos es una actividad obligatoria en PHARMA SERVICES y debe destacarse en todos los reclutamientos de presentaciones. Además, priorizamos a todos los Embajadores para que vendan productos y servicios de PHARMA SERVICES a los Clientes primero y a los Embajadores potenciales y actuales en segundo lugar.
  • Uso de Ayudas de Venta. La creación de herramientas de venta de PHARMA SERVICES está limitada a los Embajadores con un nivel superior. Estos Embajadores deben enviar todas las ayudas de venta por escrito, materiales promocionales, anuncios, sitios web y otra literatura a la Compañía para su aprobación antes de su uso. A menos que el Embajador reciba una aprobación específica por escrito para utilizar el material, la solicitud se considerará denegada. Todos los Embajadores salvaguardarán y promoverán la buena reputación de PHARMA SERVICES y sus productos.  Una vez aprobada, la Empresa se reserva el derecho de incorporar el material de capacitación aprobado en sus propios esfuerzos promocionales. 

3.3 Crítica constructiva; Ética

Nuestro objetivo es proporcionarle una combinación de productos excepcionales y un plan de compensación gratificante. En consecuencia, valoramos la crítica constructiva y fomentamos la presentación de comentarios escritos dirigidos al Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía, siempre y cuando dichos comentarios lleguen a través de una manera respetuosa y productiva. Los comentarios negativos y despectivos de los Embajadores hechos a otros sobre la Compañía, sus productos o Plan de Compensación, o el comportamiento disruptivo en las reuniones o eventos de la Compañía, no sirven otro propósito que amortiguar el entusiasmo de todos aquellos que participan en el negocio de PHARMA SERVICES. Los Embajadores no deben menospreciar a la Compañía, a otros Embajadores, a los productos o servicios de la Compañía, al Plan de Compensación o a los directores, funcionarios o empleados de la Compañía, proveedores o agentes de productos. Dicha conducta representa un incumplimiento material de estas Políticas y Procedimientos y puede estar sujeta a sanciones según la Compañía lo considere conveniente.

  • PHARMA SERVICES respalda el siguiente código de ética:

  • Los Embajadores deben mostrar equidad, tolerancia y respeto a todas las personas asociadas con la oportunidad de ventas y PHARMA SERVICES, independientemente de su raza, género, clase social o religión;

  • Los Embajadores deben contribuir y fomentar un ambiente positivo, trabajo en equipo, buena moral y espíritu comunitario.
  • Los Embajadores se esforzarán por resolver los problemas de negocios, incluidas las situaciones con los miembros de línea alta y línea descendente a través del tacto, la sensibilidad y la buena voluntad.

  • Los Embajadores deben ser honestos, responsables, profesionales y comportarse con integridad.

  • Los Embajadores nunca menospreciarán a la Compañía, a otros Embajadores, empleados de la Compañía, proveedores o agentes de productos, productos, servicios, campañas de ventas y marketing, o el Plan de Compensación, o harán declaraciones que ofendan, induzcan a error o coaccionen a otros.

PHARMA SERVICES puede tomar las medidas apropiadas contra un Embajador si determina, a su entera discreción, que la conducta del Embajador es perjudicial, disruptiva o perjudicial para la Compañía, otros Embajadores o Clientes de PHARMA SERVICES.

3.4 Denunciar violaciones de las políticas

Un Embajador que observe una violación de la política por parte de otro Embajador debe enviar una carta escrita y firmada (no se aceptará el correo electrónico) de la violación directamente a Gerencia. En la carta se expondrán los detalles del incidente de la siguiente manera:

  • La naturaleza de la situación y los hechos específicos que respaldan la alegación;
  • Número de ocurrencias y fechas;
  • Las personas involucradas; Y
  • Cualquier otra documentación justificativa

Tras la presentación a la Gerencia, investigaremos el incidente en cuestión y tomaremos las medidas apropiadas si es necesario. Esta sección se refiere a la notificación general de incumplimiento de políticas observadas por otros Embajadores para el esfuerzo mutuo para apoyar, proteger y defender la integridad de la oportunidad de negocio y ventas de PHARMA SERVICES. Si un Embajador tiene una queja o agravio contra otro Embajador que se relaciona directamente con su negocio PHARMA SERVICES, los procedimientos establecidos en estas Políticas deben ser seguidos.

3.5   Patrocinio
  1. El Sponsor es la persona que introduce otra persona, ya sea como Cliente o Embajador, en el negocio de PHARMA SERVICES y les ayuda a completar su inscripción, apoya a los que están en su línea descendente, y continúa proporcionando capacitación y asistencia para todos aquellos en su línea descendente.
  • La Compañía reconoce al Sponsor como el(los) nombre(s) que se muestran en el primero:
  • Contrato de Embajador firmado físicamente en el archivo;
  • Firma electrónica en el Contrato de Embajador desde el sitio web de la Compañía o desde el sitio web replicado por el Embajador.
  • Un Contrato de Embajador que contenga anotaciones como «por teléfono» o las firmas de otras personas (es decir, Patrocinadores, Cónyuges, parientes o amigos) no es válido y no será aceptado por la Compañía.
  • Reconocemos que cada nueva perspectiva tiene el derecho de elegir en última instancia a su propio Sponsor, pero no permitiremos que los Embajadores participen en actividades de patrocinio poco éticas. 
  • Todos los Embajadores activos en operación regular tienen el derecho a ser Sponsor e inscribir a otros en el negocio de PHARMA SERVICES. Mientras que se dedica a patrocinar actividades, no es raro encontrar situaciones en las que más de un Embajador se acercará a la misma perspectiva. Es normalmente aceptado que sponsor del nuevo prospecto sea el primer Embajador que presentó una introducción integral a los productos u oportunidades de la Compañía.

3.6 Prohibición de Patrocinio Cruzado
  • El «patrocinio cruzado» se define como la inscripción de una persona o entidad comercial en una línea diferente de patrocinio que ya ha firmado un Contrato de Embajador. No se permite el patrocinio cruzado real o intentado. Si la Compañía verifica el patrocinio cruzado, se pueden imponer sanciones hasta e incluyendo la terminación del negocio de un Embajador.
  • Queda estrictamente prohibido el uso del nombre de un cónyuge o pariente, nombres comerciales, nombres asumidos, corporaciones, sociedades, fideicomisos, números de identificación alterados o números de identificación ficticios para evadir o eludir esta política.
  • Esta política no prohíbe la transferencia de un negocio de PHARMA SERVICES de acuerdo con la política de ventas o transferencia establecida en este documento.

3.7 Adherencia al Plan de Compensación de PHARMA SERVICES
  • Un Embajador debe adherirse a los términos del Plan de Compensación de la Empresa. Cualquier desviación del Plan de Compensación está estrictamente prohibida.
  • Un Embajador no ofrecerá la oportunidad de PHARMA SERVICES a través de, o en combinación con, cualquier otro sistema, programa o método de comercialización que no sea el establecido específicamente en los materiales oficiales de la Compañía.
  • Un Embajador no exigirá ni alentará a un Cliente/Embajador actual o potencial a participar en el negocio de PHARMA SERVICES de ninguna manera que varíe del Plan de Compensación u otros materiales de la Compañía.
  • Aparte de tales compras o pagos requeridos para construir naturalmente su negocio, un Embajador no requerirá ni alentará a un Cliente/Embajador actual o potencial a realizar una compra o pago a cualquier individuo u otra entidad como condición para participar en el Plan de Compensación de la Empresa.

3.8 Adhesión a las leyes y ordenanzas

Los Embajadores deben verificar las leyes colombianas que se aplican a ellos. Un Embajador deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones colombianas en su dirección independiente de los negocios de PHARMA SERVICES.

 

3.9 Cumplimiento de las Leyes Aplicables del Impuesto sobre la Renta
  • El Embajador es el único responsable de conocer los impuestos generados por sus actividades de mediación y distribución bajo las Políticas y Procedimientos, el Plan de Compensación y el Contrato de Embajador. El Embajador acuerda expresamente que la Compañía calculará y retendrá el impuesto sobre la renta causado por los pagos derivados de su actividad de mediación empresarial, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad tributaria vigente en la República de Colombia. La Compañía debe emitir las respectivas facturas tributarias, de acuerdo con la legislación tributaria Colombiana.
  1. La Compañía solo aceptará facturas tributarias emitidas de acuerdo con la legislación tributaria colombiana, emitidas exclusivamente por la persona o entidad registrada como Asociado Independiente. Si un Embajador de una Entidad Jurídica es publicado por las autoridades tributarias (DIAN) en cualquiera de sus listas, la Compañía tendrá derecho frente al Embajador a solicitar daños y perjuicios derivados de su publicación en tal lista, así como el derecho a rescindir unilateralmente el Contrato y estas Políticas y Procedimientos.
  2. PHARMA SERVICES alienta a todos los Embajadores a consultar con un asesor fiscal para obtener información adicional para su negocio.
3.10 Un negocio de PHARMA SERVICES por persona

Un Embajador puede operar o tener un interés de propiedad, ya sea legal o equitativo, como propietario único, socio, accionista, fideicomisario o beneficiario, en un solo negocio de PHARMA SERVICES. Ninguna persona puede tener, operar o recibir compensación de más de una empresa PHARMA SERVICES. Siempre y cuando cada posición familiar subsiguiente se coloque dentro de la primera línea de la familia inscrita, las personas de la misma unidad familiar pueden entrar o tener un interés en sus propios negocios separados de PHARMA SERVICES. Una «unidad familiar» se define como cónyuges e hijos dependientes que viven o realizan negocios en la misma dirección. Nota: Los niños mayores de edad para contratar y al menos 18 años no se consideran parte del hogar de sus padres.

3.11 Acciones de los Miembros del Hogar o partes afiliadas

Si algún miembro de su hogar inmediato participa en alguna actividad que, si usted la realiza, violaría cualquier disposición del Acuerdo, dicha actividad se considerará una violación por su parte. Como resultado, la Compañía puede tomar medidas disciplinarias de conformidad con estas Políticas y Procedimientos en su contra. Del mismo modo, si cualquier individuo asociado de alguna manera con una corporación, sociedad comercial, fideicomiso u otra entidad (colectivamente «Entidad comercial») viola el Contrato, dicha(s) acción(es) se considerará una violación por parte de la Entidad comercial, y la Compañía puede tomar medidas disciplinarias contra la Entidad comercial. Asimismo, si un Embajador se inscribe en PHARMA SERVICES como Entidad Comercial, cada parte afiliada de la Entidad Comercial estará vinculada personal e individualmente a los términos y condiciones del Acuerdo y deberá cumplir con ellos.

3.12 Solicitud para otras empresas o productos
  • Un Embajador puede participar en otras ventas directas, multinivel, negocios de marketing de relaciones u oportunidades de marketing (colectivamente «Network Marketing»). Sin embargo, durante el período de vigencia de este Contrato y durante un (1) año a partir de entonces, usted no puede reclutar a ningún otro Cliente o Embajador de PHARMA SERVICES para ningún otro negocio de Marketing en Red, a menos que dicho Cliente o Embajador haya sido patrocinado directamente por usted.
  • El término «recluta» significa solicitud, inscripción, estímulo o esfuerzo real o intento para influencia de cualquier otra manera (ya sea directamente o a través de un tercero), otro Cliente o Embajador para inscribirse o participar en cualquier oportunidad de Marketing en Red. Esta conducta representa el reclutamiento incluso si las acciones del Embajador son en respuesta a una investigación hecha por otro Cliente o Embajador.
  • Sin embargo, puede vender productos o servicios no competidores a clientes y Embajadores de PHARMA SERVICES.  Específicamente, una empresa no competidora se define como una empresa de Network Marketing que NO vende productos cosméticos, cuidado personal, productos de limpieza, café y nutricionales.
  • Debido a la visibilidad de nuestros Embajadores de alto rango, los Embajadores de PHARMA SERVICES que alcanzan el rango de Embajador Escalador o superior acuerdan no participar en ninguna empresa de Marketing en Red o multinivel, independientemente de si la compañía vende productos competidores o no.  Esta restricción se aplica independientemente de si el Embajador ha caído en la calificación Embajador Escalador.
  • Como nuevo registro, puede ser parte de una compañía competencia durante los primeros 180 días a partir de su fecha de registro original sin tomar en cuenta el título que alcance entre este periodo. Después del período de 180 días, debe proporcionar prueba de renuncia a esa compañía competidora a PHARMA SERVICES, la cual deberá ser remitida a la dirección de correo electrónico info@phservices.com.
  • Aparte de los primeros 180 días después de inscripción, todos los Embajadores con el título de Embajador Escalador o superior acuerdan no promocionar ningún producto competidor a los que ofrece PHARMA SERVICES.
  • Un Embajador no puede mostrar ni agrupar productos o servicios de PHARMA SERVICES, en los materiales de ventas, en un sitio web o en reuniones de ventas, con cualquier otro producto o servicio para evitar confundir o engañar a un cliente potencial o Embajador haciéndole creer que existe una relación entre PHARMA SERVICES, y los productos o servicios no relacionados con la Empresa.
  • Usted no puede ofrecer ninguna oportunidad, producto o servicio no relacionado con la Empresa en ninguna reunión de PHARMA SERVICES, seminario o convención, o inmediatamente después de dichos eventos.
  • Una violación de cualquiera de las disposiciones de esta sección constituirá injustificada e injustificada interferencia contractual entre la Compañía y usted. Como resultado, tales acciones causarían un daño irreparable a PHARMA SERVICES. En tal caso, la Compañía podrá, a su entera discreción, imponer cualquier sanción que considere necesaria y apropiada contra el negocio del Embajador, incluyendo la terminación, la solicitud de medidas cautelares inmediatas, o la búsqueda de cualquier otro recurso legal y equitativo.

 3.13 Presentación de la Oportunidad PHARMA SERVICES

Al presentar la oportunidad de la Empresa a clientes y Embajadores potenciales, debe cumplir con las siguientes disposiciones:

  • Abstenerse de una citación incorrecta u omisión de cualquier hecho material significativo sobre el Plan de Compensación.
  • Dejar claro que el Plan de Compensación se basa en las ventas de productos y servicios de PHARMA SERVICES a los consumidores.
  • Dejar claro que el éxito sólo puede lograrse mediante esfuerzos sustanciales e independientes y un arduo trabajo.
  • Abstenerse de proyecciones, reclamos o garantías de ingresos no autorizados* durante cualquier presentación o discusión de la oportunidad o plan de compensación de PHARMA SERVICES a posibles clientes o Embajadores, citando con frecuencia a la Exención de Responsabilidad de Ingresos de PHARMA SERVICES como se proporciona en el sitio web de la Compañía.
  • Abstenerse de cualquier reclamación con respecto a los productos o servicios de la Compañía que no se encuentren en los materiales oficiales de la Compañía.
  • Abstenerse de la promoción de PHARMA SERVICES en cualquier país donde aún no hayamos establecido una «presencia», salvo previa autorización de PHARMA SERVICES.

3.14 Los requisitos de ventas se rigen por el Plan de Compensación
  • Para todos los productos de PHARMA SERVICES, la Compañía proporciona un precio de venta establecido.
  • No hay territorios exclusivos concedidos a nadie. No se aplican tarifas de franquicia a un negocio de PHARMA SERVICES.
  • El programa PHARMA SERVICES se basa en las ventas al consumidor final. Por lo tanto, los Embajadores sólo deben comprar inventario que ellos y su familia consumirán personalmente, serán utilizados como una herramienta de ventas, o serán revendidos a otros para su uso final. Los Embajadores nunca deben intentar influir en ningún otro Embajador para que compren más productos de los que razonablemente pueden usar o vender a los Clientes en un mes.

3.15 Compresión

La línea descendente de Embajadores que es despedido / resignado será patrocinado por una cuenta ‘PHARMA SERVICES Virtual’ que reemplazará a este Embajador. Si la línea superior existente de la persona que ahora ha terminado / resignado, es al menos 1 o más título clasificado que el terminado / resignado Embajador, la línea descendente se enrolla hasta la línea superior inmediatamente sin ninguna condición.

4.0 PEDIDOS

4.1 Políticas generales de orden

 

  • «Compra de Bonos» está estricta y absolutamente prohibido. La Compra de Bonos incluye cualquiera de los siguientes escenarios: (i) la inscripción de individuos o entidades sin el conocimiento y/o la ejecución de un Acuerdo por dichas personas o Entidades Comerciales; (II) la inscripción fraudulenta de una persona o entidad como Cliente o  Embajador; (III) la inscripción o intento de inscripción de personas inexistentes o Entidades Comerciales como Clientes o  Embajadores  («fantasmas»); (IV) la compra de productos o servicios de PHARMA SERVICES  en nombre de otro Cliente o   Embajador, o bajo el número de identificación de otro Cliente o  Embajador, para calificar para comisiones o bonificaciones; (V) la compra de cantidades excesivas de productos o servicios que no puedan utilizarse o revenderse razonablemente en un mes; y/o (VI) cualquier otro mecanismo o artificio para calificar para el ascenso de rango, incentivos, premios, comisiones o bonificaciones que no esté impulsado por compras de productos o servicios de buena fe por parte de los consumidores finales.

  • Un Embajador no utilizará la cuenta de cheques de débito o tarjeta de crédito de otro Cliente o Embajador para inscribirse en PHARMA SERVICES o comprar productos o servicios sin el permiso por escrito del titular de la cuenta. Dicha documentación debe ser mantenida por el Embajador indefinidamente en caso de que necesitemos hacer referencia a esto.

  • En cuanto a un pedido con un pago inválido o incorrecto, intentaremos contactar con el Embajador por teléfono, correo o correo electrónico para obtener otra forma de pago. Si estos intentos no tienen éxito después de diez (10) días hábiles, el pedido se cancelará.

  • Los precios están sujetos a cambios sin previo aviso.

  • Un Cliente o Embajador que sea beneficiario de un pedido incorrecto o no deseado tendrá cinco (5) días calendario a partir de la fecha de pedido para hacer una cancelación y en el caso de que los productos del pedido estén dañados o incorrectos debe notificar a la Compañía dentro de los treinta (30) días calendario a partir de la recepción del pedido y seguir los procedimientos establecidos en estas Políticas.

4.2 Fondos insuficientes
  • Todas las transacciones que impliquen fondos insuficientes a través de tarjeta de débito o crédito, que no sean resueltas de manera oportuna por el Embajador, constituyen motivos para sanciones disciplinarias.

  • Si un pedido de tarjeta de crédito o débito automático se rechaza la primera vez, el Cliente o Embajador será contactado para una forma alternativa de pago. Si el pago se rechaza por segunda vez, el Cliente o Embajador puede considerarse inelegible para comprar productos o servicios de la Compañía en el futuro.

5.0 PAGO DE COMISIONES Y BONOS

5.1 Calificaciones de Bonos y Comisiones
  • Un Embajador debe estar activo (como se define en el Glosario de Términos) y en cumplimiento de estas Políticas y Procedimientos para calificar para bonos y comisiones. Siempre y cuando un Embajador cumpla con los términos del Acuerdo, pagaremos comisiones a dicho Embajador de acuerdo con el Plan de Compensación.
  • No emitiremos un pago a un Embajador sin la recepción de un Contrato de Embajador completado y firmado a través de copia impresa o a través de la Autorización Electrónica.
  • Nos reservamos el derecho de posponer los pagos de bonos y comisiones hasta el momento en que el monto acumulado exceda $210,000.00 COP.
5.2 Cálculo de Comisiones y Discrepancias
  • Un Embajador que realice su primer pedido debe revisar su estado de cuenta mensual e informes de bonos/comisiones ubicadas en el back office de su sitio web e informar de cualquier discrepancia dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción. Después de este primer período de gracia de treinta días, un Embajador renuncia expresamente a cualquier derecho a encargar el nuevo cálculo.
  • Un Embajador que cree que se ha producido un error de cálculo de los bonos/comisiones enviará una solicitud a través de su Back Office de PHARMA SERVICES e incluirá una descripción detallada y un número de cuenta dentro del cuerpo del boleto.
  • Para obtener información adicional sobre el pago de comisiones, revise el Plan de Compensación.
5.3 Ajustes a bonos y comisiones por productos devueltos
  • Un Embajador recibe bonificaciones y comisiones basadas en las ventas reales de productos y servicios a los consumidores finales. Cuando un producto o servicio es devuelto a la Compañía para un reembolso del consumidor final, los bonos y comisiones atribuibles al producto o servicio devuelto se deducirán del Embajador que recibió bonos o comisiones por dichas ventas. Las deducciones se producirán en el mes en que se da el reembolso y continuarán cada período de pago a partir de entonces hasta que se recupere el bono/o la comisión.
  • En el caso de que un Embajador termine su negocio, y los montos de los bonos o comisiones atribuibles a los productos o servicios devueltos aún no hayan sido recuperados en su totalidad por la Compañía, el resto del saldo pendiente podrá ser compensado con cualquier otra cantidad que pueda ser adeudada por la Compañía al Embajador que se va.
5.4. Política de contra cargo

Cuando un procesador de tarjetas invierte por la fuerza una transacción de tarjeta de crédito, devolviendo fondos al titular de la tarjeta, se conoce como contra cargo. Por lo general, los contras cargos se emiten cuando el titular de la tarjeta reporta fraude a la compañía de su tarjeta de crédito. Cuando PHARMA SERVICES recibe un aviso de devolución de cargo, la cuenta en la que se compró el servicio se bloquea inmediatamente y se suspenden todos los servicios relacionados en la cuenta.  PHARMA SERVICES intentará «recuperar» toda la comisión pagada más la tarifa de devolución de cargo a través de la transacción revertida.  Esto significa que PHARMA SERVICES buscará recuperar fondos de cualquier persona que haya recibido una recompensa de transacciones que finalmente se reviertan.  Hasta que se reciban los fondos completos, se suspenderá todo el acceso a los servicios y programas de PHARMA SERVICES.

6.0 SATISFACCIÓN GARANTIZADA Y RETORNO DE LAS AYUDAS DE VENTA

PHARMA SERVICES ofrece un ciento por ciento (100%) de garantía de devolución de dinero de treinta días para todos los clientes y Embajadores. Si un Cliente compró un producto o servicio directamente a un Embajador, el Embajador debe proporcionar un reembolso del 100% al cliente en los primeros 30 días.

Si usted como Embajador no está 100% satisfecho con nuestros productos o no puede venderlos, y desea devolver los productos que estaban destinados a ser revendidos, puede devolver los artículos por productos de valor equivalente ó un reembolso si: (I) ni usted ni nosotros hemos rescindido el Acuerdo; (II) los productos o servicios se compraron dentro de los meses (3) anteriores; y (III) los productos permanecen en condiciones de optimas y pueden ser revendible (como se define en el Glosario de Términos). La devolución será del ochenta por ciento (80%) del precio de compra. Los gastos de envío y manipulación incurridos no serán reembolsados.

Tras la cancelación del Contrato, el Embajador puede devolver todas las ayudas de venta genéricas proporcionadas por la Compañía y adquiridas después de la inscripción dentro de un (1) año a partir de la fecha de cancelación para un reembolso si no puede vender o utilizar la mercancía. Un Embajador solo puede devolver las ayudas de venta compradas personalmente a la Compañía bajo su Número de Identificación de Embajador, y que se encuentran en Condición revendible. Cualquier pedido personalizado de ayudas de venta impresas (es decir, tarjetas de visita, folletos, etc.) en los que la información de contacto del Embajador esté infundada o impresa en formato duro, o haya sido añadida por el Embajador, no podrá ser devuelta en Condición revendible y, por lo tanto, no son reembolsables. Tras la recepción de los productos y ayudas de venta por parte de la Compañía, se reembolsará al Embajador el noventa por ciento (90%) del costo neto de los precios de compra originales, menos gastos de envío y manipulación. Si las compras se realizaron a través de una tarjeta de crédito, el reembolso se hará a la misma cuenta de tarjeta de crédito. La Compañía deducirá del reembolso pagado al Embajador cualquier comisión, bonificación, reembolso u otros incentivos recibidos por el Embajador que se asociaron con la mercancía que se devuelve.

 

6.1 Proceso de devolución
  • Todas las devoluciones, ya sean por parte de un Cliente o Embajador, deben hacerse de la siguiente manera:

  • Comuníquese con nuestro Departamento de Servicio al Cliente de PHARMA SERVICES al +57 320 831 3600 para confirme que su pedido es elegible para un reembolso.

  • Proteja todos los productos que está devolviendo en una caja y proporcione una copia de la factura con los productos o servicios devueltos. Dicha factura debe incluir el motivo de la devolución y; los productos deben enviarse de vuelta de la misma manera que se entregó, lo que significa que el embalaje debe ser exactamente el mismo.
  • Enviar los artículos a la dirección a continuación: (PHARMA SERVICES / Atentamente: Devoluciones CLL 166 # 54-62 San Cipriano Bogotá Colombia

  • Todas las devoluciones que sean posteriores a 30 días y que no sean por un daño o defecto en esos 30 días, el costo del envió será pagado por el Embajador, ya que no aceptamos otros métodos de envío. Recomendamos el envío del producto devuelto por alguna paquetería con seguimiento y seguro, ya que el riesgo de pérdida o daño en el envío del producto devuelto será asumido exclusivamente por el Cliente o el Embajador. Si el producto devuelto no se recibe en el Centro de Distribución de la Empresa, es responsabilidad del Cliente o Embajador rastrear el envío y no se aplicará ningún crédito.

  • Si un producto es recibido en condiciones dañadas o defectuosas en los primeros 30 días después de recibir el producto, la Compañía cubrirá todos los gastos de envío proporcionando un número de guía de paquetería para envío.  La prueba del producto defectuoso debe enviarse por fotografía a nuestro Departamento de Servicio al Cliente enviando una solicitud a través de su Back Office de PHARMA SERVICES.

  • La devolución de $ 5.000.000 o más de productos pidiendo una solicitud de reembolso dentro de un año calendario por un Embajador puede constituir motivo para la terminación involuntaria.

7.0 POLÍTICA DE PRIVACIDAD

7.1 Introducción

Esta Política de Privacidad es para asegurar que todos los Clientes y Embajadores entiendan y se adhieran a los principios básicos de confidencialidad.

 

7.2 Expectativa de privacidad
  • PHARMA SERVICES reconoce y respeta la importancia que sus Clientes y Embajadores ponen en la privacidad de su información financiera y personal. Por lo tanto, haremos todos los esfuerzos razonables para salvaguardar la privacidad y mantener la confidencialidad de la información financiera y de cuenta de sus Clientes y Embajador y la información personal no pública.
  • Al celebrar el Contrato de Embajador, usted autoriza a la Compañía a revelar su nombre e información de contacto a los Embajadores de línea directa únicamente para actividades relacionadas con la realización del negocio de PHARMA SERVICES. Por la presente, un Embajador se compromete a mantener la confidencialidad y seguridad de dicha información y a utilizarla únicamente con el propósito de apoyar y prestar servicio a la organización de línea descendente y llevar a cabo los negocios de PHARMA SERVICES.

7.3 Acceso de los empleados a la información

 

Limitamos el número de empleados que tienen acceso a la información personal no pública de los Clientes y Embajadores.

 

7.4 Restricciones a la divulgación de la información de la cuenta

 

PHARMA SERVICES no compartirá información personal no pública o información financiera sobre Clientes o Embajadores actuales o anteriores con terceros, excepto según lo permita o exija la ley y reglamentos, órdenes judiciales, o para servir a los intereses de los Clientes o Embajadores o para hacer cumplir sus derechos u obligaciones bajo estas Políticas y Procedimientos, el Acuerdo de Embajador, o con permiso por escrito del titular de la cuenta registrada.

  • Los Embajadores no deben compartir información personal o financiera sobre Clientes actuales o anteriores, Embajadores u otras personas con terceros, excepto según lo permitan estas políticas y procedimientos, o según lo requieran las leyes y regulaciones u órdenes judiciales.
  • Como Embajador, usted tiene la responsabilidad exclusiva y es personalmente responsable de tratar toda la información personal como Información confidencial y de usarla, almacenarla y manejarla única y exclusivamente con el propósito limitado de operar su negocio PHARMA SERVICES de conformidad con todos los datos. leyes, regulaciones y estándares de protección y privacidad, estas Políticas y Procedimientos, y la Política de Privacidad de PHARMA SERVICES.
  • Los Embajadores deben estar familiarizados con las leyes de privacidad y protección de datos que se aplican y protegen la información personal de cualquier cliente actual o potencial o Embajadores u otras personas. Los Embajadores tienen prohibido, directa o indirectamente, usar, vender, prestar, arrendar, distribuir, otorgar licencias, otorgar, transferir, divulgar, difundir, reproducir o comunicar cualquier información personal a cualquier persona o entidad para cualquier propósito que no sea aquel para el cual se proporcionó, ya la que ha dado su consentimiento la persona a la que pertenece la información.
  • Como Embajadores, deberá mantener la confidencialidad de toda la información personal y actuará con la debida diligencia e implementará las medidas de seguridad adecuadas. Esto incluye la implementación de medidas de seguridad físicas, organizativas y tecnológicas, adecuadas a la sensibilidad de la información, para garantizar que esté protegida contra cualquier amenaza, incluida la pérdida, alteración, daño, destrucción o acceso o toma por parte de personas no autorizadas, dondequiera que dicho personal la información se puede almacenar, y si se almacena física o electrónicamente. Debe asegurarse de que la información personal se procese, proteja, redacte y / o destruya de una manera que sea consistente con la naturaleza de la información y las leyes, regulaciones y estándares aplicables. Cualquier pago, tarjeta de crédito u otra información de pago confidencial que pertenezca a otro Embajador, Cliente u otra persona no puede retenerse más tiempo del necesario para procesar el pago que el propietario ha acordado, y luego debe ser redactado o destruido.
  • Debe obtener el consentimiento claro e informado de la persona cuya información personal está procesando para todas las recopilaciones, usos y divulgaciones de su información personal que realice en relación con su negocio de PHARMA SERVICES, antes de recopilar, usar o divulgar dicha información. información. Si la persona retira su consentimiento, debe dejar de recopilar, usar o divulgar su información personal. El consentimiento debe obtenerse de una manera que le permita al individuo comprender la naturaleza, el propósito y las consecuencias de lo que está aceptando, y debe usar un lenguaje claro y fácil de entender.
  • Embajador debe limitar su recopilación, uso, divulgación y retención de información personal a la necesaria para los fines que usted ha revelado a las personas sobre las que se trata la información. Los Embajadores deben ser abiertos y transparentes con respecto a sus prácticas de privacidad. Los Embajadores solo pueden recopilar la información personal necesaria para cumplir con los propósitos que han revelado a las personas y para los que han obtenido el consentimiento, deben asegurarse de que esos propósitos sean razonables y deben mantener la precisión de cualquier información personal que recopilen.
  • Embajadores no puede requerir que una persona les proporcione más información personal, o más consentimiento para procesar información personal, que sea necesario para llevar a cabo los propósitos que Embajador ha revelado. Como Embajador, debe mantener la confidencialidad de la información personal a perpetuidad. En el caso de cualquier información que obtenga de PHARMA SERVICES, puede usarla y divulgarla solo de las formas que nosotros permitamos, y debe dejar de procesarla y devolverla o destruirla si se lo pedimos, o su Embajador. El acuerdo vence o se rescinde. Debe informarnos de cualquier retiro de consentimiento que reciba con respecto a dicha información personal.
  • La recopilación de información personal debe manejarse con integridad y su recopilación debe cubrir solo lo que necesita para facilitar una venta o una inscripción en PHARMA SERVICES.
  1.   Estas obligaciones sobreviven a la no renovación, cancelación o terminación de su Contrato de Embajador. Usted reconoce y acepta que es personalmente responsable de la seguridad y el procesamiento de la información personal y otra información confidencial de los clientes y otras personas influyentes de la belleza que se le proporciona o que usted accede o recopila de otra manera.
  • Los Embajadores debe informar a PHARMA SERVICES inmediatamente si el Embajador se da cuenta de cualquier incumplimiento de los requisitos de esta sección, o de cualquier pérdida, acceso no autorizado o divulgación de Información confidencial. El Embajador debe cooperar, siguiendo las instrucciones de PHARMA SERVICES, en la reparación de cualquier incidente de este tipo. Embajador debe cooperar con cualquier solicitud de PHARMA SERVICES para verificar el cumplimiento de Embajador con los requisitos de privacidad y confidencialidad bajo estas Políticas y Procedimientos, y las leyes aplicables.

8.0 INFORMACIÓN DE PROPIEDAD Y SECRETOS COMERCIALES

8.1 Informes de negocios, listas e información de propiedad

Al completar y firmar el Contrato de Embajador, usted reconoce que los Informes comerciales, las listas de nombres de Clientes y Embajadores y la información de contacto, y cualquier otra información, que contenga información financiera, científica o de otro tipo escrita o distribuida de otro modo por la Compañía en relación con el negocio de PHARMA SERVICES (colectivamente, «Informes»), son información confidencial y de propiedad y secretos comerciales pertenecientes a la Compañía.

 

8.2 Obligación de confidencialidad

 

Durante la Vigencia del Contrato de Embajador y por un período de cinco (5) años después de la terminación o expiración del Acuerdo de Embajador entre usted y Nosotros, usted no deberá:

  • Utilizar la información de los Informes para competir con PHARMA SERVICES o para cualquier otro propósito que no sea la promoción de su negocio;
  • Utilizar o divulgar a cualquier persona o entidad cualquier información confidencial contenida en los Informes, incluida la replicación de la genealogía en otra empresa de marketing en red.

8.3 Incumplimiento y solución.

 

El Embajador reconoce que dicha información patentada es de tal carácter que la hace única y que su divulgación o uso en violación de esta disposición resultará en un daño irreparable a PHARMA SERVICES y a las empresas independientes de PHARMA SERVICES. La Compañía y sus Embajadores tendrán derecho a medidas cautelares o a recuperar daños y perjuicios contra cualquier Embajadores que viole esta disposición en cualquier acción para hacer valer sus derechos bajo esta sección. La parte que prevalezca tendrá derecho a una adjudicación de honorarios de abogados, costos judiciales y gastos.

 

8.4 Devolución de Materiales

 

A petición de la Compañía, cualquier Embajador actual o anterior devolverá el original y todas las copias de todos los «Informes» a la Oficina Corporativa junto con cualquier otra información confidencial de la Compañía en posesión de dicha persona. El Embajador se pondrá en contacto con la oficina corporativa para devolver los materiales mediante el envío de un correo electrónico a “info@phservices.com”.

9.0 PUBLICIDAD, MATERIAL PROMOCIONAL, USO DE NOMBRES DE EMPRESAS Y MARCAS COMERCIALES

9.1 Productos de etiquetado, embalaje y visualización
  • Un Embajador no puede volver a etiquetar, re-empaquetar, rellenar o alterar las etiquetas de cualquier información, materiales o programas de PHARMA SERVICES de ninguna manera. Dicho re-etiquetamiento o reempaquetado vulnera acuerdos establecidos, lo que puede resultar en sanciones penales o civiles o responsabilidad.
  • Un Embajador no hará que ningún producto o servicio de la Compañía o cualquier nombre comercial de la Compañía se venda o muestre en establecimientos minoristas, incluyendo, pero no limitado a quioscos en centros comerciales, durante el horario comercial normal.
  • Un Embajador puede vender productos y servicios de la Compañía y mostrar el nombre comercial de la Compañía en cualquier vitrina apropiada (como ferias comerciales) previa aprobación por escrito de la Compañía. La solicitud de aprobación de la Compañía puede hacerse por correo electrónico a “info@phservices.com”.
  • PHARMA SERVICES reservamos el derecho de denegar la autorización para participar en cualquier función que no considere un foro adecuado para la promoción de sus productos y servicios.
9.2 Uso de nombres de empresas y materiales protegidos
  • Un Embajador debe salvaguardar y promover la buena reputación de la Compañía y los productos y servicios que comercializa. La comercialización y promoción de la Compañía, la oportunidad de PHARMA SERVICES, el Plan de Compensación y sus productos y servicios serán consistentes con el interés público, y deben evitar todas las conductas y prácticas descortés, engañosas, engañosas, poco éticas o inmorales.
  • Todos los materiales promocionales suministrados o creados por Nosotros deben ser utilizados en su forma original y no pueden ser cambiados, modificados o alterados excepto con la aprobación previa por escrito del Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
  • El nombre PHARMA SERVICES, cada uno de sus nombres de productos y servicios y otros nombres que han sido adoptados por la Compañía en relación con su negocio son nombres comerciales propietarios, marcas comerciales y marcas de servicio de PHARMA SERVICES. Como tal, estas marcas son de gran valor para la Compañía y se suministran a los Embajadores para su uso sólo de manera expresamente autorizada.
  • El uso del nombre «PHARMA SERVICES» por parte de un Embajador está restringido para proteger los derechos de propiedad de la Compañía, asegurando que los nombres protegidos por la Compañía no se pierdan ni se vean comprometidos por el uso no autorizado. El uso del nombre PHARMA SERVICES en cualquier artículo no producido por la Compañía está prohibido excepto de la siguiente manera:
  • [Nombre del Embajador] Un Embajador de PHARMA SERVICES; o
  • [Nombre del Embajador] Embajador Independiente y Embajador de los productos y servicios de PHARMA SERVICES.
  1. Otros procedimientos relativos al uso del nombre PHARMA SERVICES son los siguientes:
  2. Todos los papeles (es decir, membrete, sobres y tarjetas de visita) que lleven el nombre o logotipo de PHARMA SERVICES destinado a ser utilizado por el Embajador deben ser aprobados por escrito por el Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía.
  3. Embajador PHARMA SERVICES puede enumerar «Embajadores de PHARMA SERVICES» en las páginas blancas del directorio telefónico bajo su propio nombre.

         III. Los Embajadores no pueden usar el nombre «PHARMA SERVICES», «Oficina Corporativa de PHARMA SERVICES de Colombia.» o «Oficina Corporativa de PHARMA SERVICES» al contestar el teléfono, crear un mensaje de voz o usar un servicio de contestador automático, como dar la impresión a la persona que llama de que han llegado a la oficina corporativa nacional. Pueden afirmar, «Embajador PHARMA SERVICES».

  1. Los Embajadores pueden usar nuestro logotipo para camisetas personalizadas, sudaderas con capucha y otros artículos para sus organizaciones. La venta de los artículos personalizados está estrictamente prohibida.
  2. Los Embajadores deben usar los logotipos que se encuentran en el Back Office de PHARMA SERVICES y no pueden ser modificados de ninguna manera. Se puede añadir el término «Embajador».
  1. Ciertas fotos e imágenes gráficas utilizadas por PHARMA SERVICES en su publicidad, embalaje y sitios web son el resultado de contratos de pago con proveedores externos que no se extienden a los Embajadores. Si un Embajador desea utilizar estas fotos o imágenes gráficas, debe negociar contratos individuales con los proveedores por una tarifa.
  1. Un Embajador no debe aparecer en o hacer uso de la televisión o la radio o hacer uso de cualquier otro medio para promover o discutir la Compañía, sus programas, productos o servicios sin el permiso previo por escrito del Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía.
  1. Un Embajador no puede producir para la venta o distribución de ningún evento o discurso de la Empresa, ni un Embajador puede reproducir clips de audio o video de la Empresa para la venta o para uso personal sin el permiso previo por escrito del Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía.
  1.   PHARMA SERVICES se reserva el derecho de rescindir su aprobación previa de cualquier ayuda de venta o material promocional para cumplir con las leyes y regulaciones cambiantes y puede solicitar la eliminación del mercado de dichos materiales sin obligación financiera para el Embajador afectado.
  • Un Embajador no promoverá productos o servicios no que no sean de PHARMA SERVICES en conjunto con los productos o servicios de la Empresa en los mismos sitios web o el mismo anuncio.
  • Las reclamaciones (que incluyen testimonios personales) en cuanto a las propiedades terapéuticas, curativas o beneficiosas de cualquier producto de PHARMA SERVICES ofrecido no se pueden hacer excepto las contenidas en la literatura oficial de la Compañía. En particular, ningún Embajador podrá afirmar que PHARMA SERVICES y sus productos comercializados son útiles en la curación, tratamiento, diagnóstico, mitigación o prevención de enfermedades. Tales declaraciones pueden ser percibidas como reclamos médicos o de medicamentos. No sólo tales reclamos violan las políticas de PHARMA SERVICES, sino que también, potencialmente violan las leyes y regulaciones colombianas.
9.3 Limitaciones de fax y correo electrónico
  1. A excepción de lo dispuesto en esta sección, un Embajador no puede usar o transmitir fax´s no solicitados, correo electrónico, distribución masiva de correo electrónico o «spamming» que anuncie o promueva el funcionamiento de la empresa PHARMA SERVICES. Las excepciones son:
  • Fax´s o correos electrónicos a cualquier persona que haya dado permiso o invitación previa;
  • Enviar por fax o correo electrónico a cualquier persona con la que el Embajador haya establecido una relación comercial o personal previa.
  • En todos los casos donde lo prohíba la Ley, un Embajador no podrá transmitir, o hacer que se transmita a través de un tercero, (por teléfono, fax, computadora u otro dispositivo), un anuncio no solicitado a cualquier equipo, que tenga la capacidad de transcribir texto o imágenes de una señal electrónica recibida a través de una línea telefónica regular, línea de cable o cualquier otro dispositivo de señal que lleve, excepto como se establece en esta sección.
  • Todos los faxes, correos electrónicos o documentos emitidos por ordenador sujetos a esta

disposición incluirán cada uno de los siguientes:

  • Una identificación clara y obvia de que el fax o mensaje de correo electrónico es un anuncio o solicitud. Las palabras «anuncio» o «solicitud» deben aparecer en la línea de asunto del mensaje;
  • Una trayectoria de retorno clara o información de ruteo;
  • El uso de nombres de dominio legales y apropiados;
  • Un aviso claro y evidente de la oportunidad de negarse a recibir más mensajes comerciales de correo electrónico o fax del remitente;
  • Las instrucciones para cancelar la suscripción u optar por no participar deben ser el primer texto en el cuerpo del cuadro de mensaje en el mismo tamaño de texto que la mayoría del mensaje;
  • El nombre verdadero y correcto del remitente, la dirección de fax o correo electrónico de los remitentes válidos y una dirección física válida del remitente;
  • La fecha y hora de la transmisión;
  • Tras la notificación por parte del destinatario de su solicitud de no recibir más documentos por fax o enviados por correo electrónico, el Embajador no transmitirá ningún otro documento a ese destinatario.
  • Todos los documentos por correo electrónico o informáticos emitidos sujetos a esta disposición no incluirán ninguno de los siguientes:
  • Uso de cualquier nombre de dominio de terceros sin permiso; Y
  • Materiales sexualmente explícitos.
9.4 Restricciones de Internet y sitios web de terceros
  • Un Embajador no puede usar o intentar registrar ninguno de los nombres comerciales, marcas comerciales, nombres de servicios, marcas de servicio, nombres de productos, URL, frases publicitarias, nombre de la Compañía o cualquier derivado de PHARMA SERVICES, para cualquier propósito, incluidos, entre otros, nombres de dominio de Internet (URL), sitios web de terceros, grupos de redes sociales, direcciones de correo electrónico, páginas web, anuncios, o blogs.
  • Embajador no pueden enviar ningún mensaje electrónico comercial en relación con su negocio PHARMA SERVICES a menos que dichos mensajes cumplan estrictamente con estas Políticas y Procedimientos y todas las leyes y regulaciones aplicables, incluyendo, sin limitación, el marco regulatorio de PROFECO. Como tal, Embajadores solo puede enviar mensajes electrónicos comerciales con el consentimiento del destinatario, o destinatarios con los que el Embajador ya haya establecido una relación comercial o personal según se define en la ley aplicable y se explica a continuación. 
  • Un Embajador no puede usar o registrar nombres de dominio, direcciones de correo electrónico y/o alias en línea que podrían causar confusión, ser engañoso o engañar a las personas haciéndoles creer que una comunicación es de o es propiedad de la corporación PHARMA SERVICES.

En cuanto a la marca registrada de PHARMA SERVICES en las URL, los ejemplos de uso indebido incluyen, entre otros:

www.phservices.com

contactenos@phservices.com

Cualquier otro derivado como se describe en el presente documento.

 

La determinación de lo que podría causar confusión, inducir a error o ser considerado engañoso es a la sola discreción de la Compañía.

 

  • Un Embajador no puede vender productos, servicios u ofrecer la oportunidad de venta de PHARMA SERVICES a través de «subastas en línea», como eBay® o «mercados en línea» como Amazon o Mercado Libre. Para obtener más información, consulte la Disposición de PHARMA SERVICES Mercados en Línea de conformidad con la Sección 9.4(O). 
  • La Compañía proporciona a todos los Embajadores un (1) sitio web replicado. Un sitio web replicado de PHARMA SERVICES es un sitio web personal para Embajador que está alojado en los servidores de la empresa. En cuanto a cualquier Embajador que desee desarrollar su propio sitio web de terceros (o sitio no afiliado a la Compañía y de propiedad independiente y operado por el Embajador) debe buscar y recibir la aprobación previa por escrito de la Compañía antes de entrar en funcionamiento con dicho sitio web de terceros. En caso de que la Compañía conceda la aprobación del Embajador para usar un sitio web de terceros, el sitio debe:
  • Identificarse como Embajador de PHARMA SERVICES;
  • Utilizar únicamente las imágenes aprobadas y la redacción autorizada por la Compañía;
  • Respete las políticas de uso de marca, marca comercial e imagen descritas en este documento.
  • Adherirse a cualquier otra disposición con respecto al uso de un sitio web de terceros descrito en este documento;
  • Acepte modificar su sitio web para cumplir con las políticas actuales o futuras de la Empresa.

Todos los materiales de marketing utilizados en el sitio web de terceros de un Embajador deben ser proporcionados por la Compañía por escrito.

 

Para evitar confusiones, los tres elementos siguientes también deben mostrarse de forma prominente en la parte superior de cada página de cualquier sitio web de terceros:

 

  1. El logotipo del Embajador de PHARMA SERVICES.
  2. Su nombre y título
  3. Botón de redirección del sitio web corporativo de PHARMA SERVICES.

Un Embajador no puede utilizar sitios de terceros que contengan materiales copiados de fuentes corporativas (como folletos, CDs, videos, cintas, eventos, presentaciones y sitios web corporativos de PHARMA SERVICES). Esta política garantiza la coherencia de la marca, permite a los Clientes y Embajadores mantenerse al día con los cambios de productos, servicios e información, facilita la inscripción bajo el Patrocinador correcto y ayuda a cumplir con las regulaciones gubernamentales.

 

Si un Embajador que ha recibido autorización para crear y publicar cualquier sitio web de terceros tiene el negocio cancelado voluntaria o involuntariamente por cualquier motivo, o si la Compañía revoca la autorización que permite al Embajador mantener dicho sitio web de terceros, el Embajador asignará la URL al sitio web de terceros a la Compañía en un plazo de tres (3) días a partir de la fecha de la cancelación y/o redireccionar todo el tráfico al sitio según lo indicado por la Compañía. PHARMA SERVICE se reserva el derecho de revocar el derecho de cualquier Embajador de utilizar un sitio web de terceros en cualquier momento si creemos que dicha revocación es en el mejor interés de PHARMA SERVICES, sus Embajadores y/o Clientes. Las decisiones y acciones correctivas en esta área son a discreción exclusiva de la Compañía.

  • Los sitios de redes sociales pueden utilizarse para comercializar productos de PHARMA SERVICES. PERFILES UN EMBAJADOR GENERA EN CUALQUIER COMUNIDAD SOCIAL DONDE PHARMA SERVICES SE DESCRIBE O MENCIONA DEBE IDENTIFICAR CLARAMENTE AL EMBAJADOR COMO TAL, y cuando un Embajador participa en esas comunidades, debe evitar conversaciones, comentarios, imágenes, videos, audio, aplicaciones o cualquier otro contenido adulto, profano, discriminatorio o vulgar. La determinación de lo inapropiado es a discreción exclusiva de la Compañía, y los Embajadores infractores estarán sujetos a medidas disciplinarias. Los anuncios de banner y las imágenes utilizadas en estos sitios deben estar al día y deben provenir de la biblioteca aprobada por PHARMA SERVICES. Si se proporciona un enlace, debe enlazar al sitio web replicado del Embajador de la publicación o a un sitio web de terceros aprobado.
  • Las publicaciones anónimas o el uso de un alias en cualquier sitio de redes sociales están prohibidas, y los Embajadores infractores estarán sujetos a medidas disciplinarias.
  • Los Embajadores no pueden usar spam de blog, spamming o cualquier otro método replicado en masa para dejar comentarios de blog. Los Comentarios que el Embajador crea deben ser útiles, únicos, relevantes y específicos para el artículo del blog.
  • Los Embajadores deben revelar su nombre completo en todas las publicaciones de las redes sociales, y visiblemente identificarse como un Embajador de PHARMA SERVICES. Está prohibido el uso anónimo de un alias.
  • Las publicaciones que sean falsas o engañosas están prohibidas. Esto incluye, pero no se limita a, publicaciones falsas o engañosas relacionadas con la oportunidad de ingresos de PHARMA SERVICES, los productos y servicios de la Compañía, y/o su información y credenciales biográficas.
  • Los Embajadores son personalmente responsables de sus publicaciones y de todas las demás actividades en línea relacionadas con PHARMA SERVICES. Por lo tanto, incluso si un Embajador no posee u opera un blog o sitio de Redes Sociales, una publicación del Embajador a cualquier sitio que se relacione con PHARMA SERVICES o que pueda ser rastreado a la Compañía hace que el Embajador sea responsable de la publicación. Los Embajadores también son responsables de las publicaciones que se produzcan en cualquier blog o sitio de redes sociales que el Embajador posea, opere o controle.
  1. La distinción entre un sitio de redes sociales y un sitio web puede no ser clara, porque algunos sitios de redes sociales son particularmente robustos; por lo tanto, PHARMA SERVICES se reserva el derecho único y exclusivo de clasificar ciertos sitios de redes sociales como sitios web de terceros y exigir que los Embajadores que utilicen, o que deseen utilizar, dichos sitios se adhieran a las políticas de PHARMA SERVICES relativas a sitios web de terceros.
  1. Si su negocio de PHARMA SERVICES se cancela por cualquier motivo, debe dejar de usar el nombre de la Compañía, y todas las marcas comerciales, nombres comerciales, marcas de servicio y otra propiedad intelectual de la Compañía, y todos los derivados de dichas marcas y propiedad intelectual, en cualquier publicación y en todos los sitios de redes sociales que utilice. Si públicas en cualquier sitio de redes sociales en el que te hayas identificado previamente como Embajador de PHARMA SERVICES, debes revelar visiblemente que ya no eres un propietario de negocio de PHARMA SERVICES.
  • El incumplimiento de estas Políticas para llevar a cabo negocios en línea puede dar lugar a que el Embajador pierda su derecho a anunciar y comercializar productos, servicios y la oportunidad de PHARMA SERVICES en línea o cualquier otra acción disciplinaria disponible bajo las Políticas y Procedimientos.
  • PHARMA SERVICES predica su negocio en las ventas en el hogar y en los eventos. Por lo tanto, las interacciones cara a cara con clientes y Embajador son fundamentales para el éxito individual de uno en este negocio. Debido a esto, PHARMA SERVICES tiene un enfoque estricto para las ventas en el mercado en línea a través de sitios como eBay, Amazon o Mercado Libre. La Compañía no permite que un Embajador venda ningún producto de PHARMA SERVICES en sitios como eBay, Amazón, Mercado Libre o Facebook Marketplace (conocidos colectivamente como «Mercados en línea»). Durante la vigencia de su contrato como Embajador, se le permite mantener un perfil en cualquiera de estos Mercados en línea, pero debe abstenerse completamente de vender u ofrecer productos de la Compañía. Esta misma política se aplica a otros sitios de terceros por los cuales un Embajador podría vender productos de PHARMA SERVICES.

Materiales publicitarios y promocionales

 

  • No se permite publicidad especial y ofertas fuera de lo que es publicado por la compañía. Esto incluye, pero no se limita a, ofertas de paquetes de productos gratuitos u otras ofertas que otorgan ventajas más allá de disponible a través de la Compañía.
  • La publicidad y todas las formas de comunicación deben adherirse a los principios de honestidad y propiedad.
  • Toda la publicidad, incluyendo, pero no limitado a, impresión, Internet, tablones de anuncios de computadora, televisión, radio, etc., están sujetos a la aprobación previa por escrito del Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía.
  • Todas las solicitudes de aprobación con respecto a la publicidad deben mandarse a el Departamento de Cumplimiento Normativo de la Empresa.
  • La aprobación corporativa no es necesaria para colocar anuncios ciegos que no mencionen a PHARMA SERVICES, sus empleados, cualquiera de sus productos, servicios, diseños, símbolos, programas y marcas registradas, materiales protegidos.
  • La Compañía se reserva el derecho de rescindir su aprobación previa de la publicidad materiales con el fin de cumplir con las leyes y reglamentos cambiantes y puede requerir la eliminación de tales anuncios del mercado sin obligación para con el Embajador afectado.
  • Los productos de muestra no están destinados a la reventa. 
9.6 Permiso testimonial

 

Al firmar el Contrato de Embajador, usted nos da permiso para usar su testimonio o imagen y semejanza en materiales de ventas corporativas, incluyendo, pero no limitado a medios impresos, medios electrónicos, audio y video. En consideración de que se le permita participar en la oportunidad de PHARMA SERVICES, usted renuncia a cualquier derecho a ser compensado por el uso de su testimonio o imagen y semejanza, aunque la Compañía pueda ser pagada por artículos o materiales de ventas que contengan dicha imagen y semejanza. En algunos casos, el testimonio de un Embajador puede aparecer en los materiales publicitarios de otro Embajador. Si no desea participar en materiales de ventas y marketing de PHARMA SERVICES, debe proporcionar una notificación por escrito al Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía para asegurarse de que su testimonio o imagen y semejanza no se utilizarán en ningún material corporativo, piezas de reconocimiento corporativo, publicidad o grabaciones de eventos anuales.

 

9.7 Limitaciones de telemarketing
  • Un Embajador no debe dedicarse al telemarketing en relación con el funcionamiento de su negocio PHARMA SERVICES. El término «telemarketing» o “Telemercadeo” o “Marketing Telefónico” o “Vendedor Telefónico” significa la realización de una o más llamadas telefónicas a un individuo o entidad para inducir la compra de productos o servicios de PHARMA SERVICES, o para reclutarlos para la oportunidad de PHARMA SERVICES.
  • Las «llamadas frías» o «Mensajes de Fax » hechas a clientes potenciales o Embajadores que promueven productos, servicios o la oportunidad de PHARMA SERVICES se consideran telemarketing y están prohibidos.
  • Excepciones a las Regulaciones de Telemarketing. Un Embajador puede realizar llamadas telefónicas a clientes potenciales o Embajador en las siguientes situaciones limitadas:
  • Si el Embajador tiene una relación comercial establecida con el prospecto;
  • En respuesta a la consulta personal o solicitud del prospecto con respecto a un producto o servicio ofrecido por el Embajador dentro de los tres (3) meses inmediatamente antes de la fecha de dicha llamada;
  • Si el Embajador recibe permiso escrito y firmado del prospecto autorizando al Embajador a llamar;
  • Si la llamada es a familiares, amigos personales y conocidos. Sin embargo, si un Embajador tiene el hábito de recoger tarjetas de visita de todos los que conoce y posteriormente las llama, se puede considerar esto una forma de telemarketing que no está sujeta a esta exención;
  • Un Embajador que se dedica a llamar «conocidos», debe hacer tales llamadas de manera ocasional sólo y no como una práctica rutinaria.
  • Un Embajador no utilizará sistemas de marcación telefónica automática en el funcionamiento de sus negocios PHARMA SERVICES.
  • Al firmar el Contrato de Embajador, o al aceptar cheques de comisiones, otros pagos o premios de PHARMA SERVICES, un Embajador da permiso a PHARMA SERVICES y otros Embajadores para ponerse en contacto con ellos según lo permitido bajo unos parámetros estrictamente comerciales.
  • En el caso de que un Embajador haga uso indebido de esta sección, nos reservamos el derecho de iniciar procedimientos legales para obtener un alivio monetario o equitativo.

10.0 CAMBIOS EN EL NEGOCIO DE UN EMBAJADOR

10.1 Dimisión/Cancelación Voluntaria
  • Un Embajador puede terminar inmediatamente su negocio enviando una notificación por escrito o correo electrónico al Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía. El aviso por escrito debe incluir lo siguiente:
  • La intención del Embajador de dimitir;
  • Fecha de renuncia;
  • Número de identificación de PHARMA SERVICES;
  • Motivo de renuncia; Y
  • Firma.
  • Un Embajador no puede usar la renuncia o la cancelación voluntaria como una manera de cambiar inmediatamente el Patrocinador y la Colocación. En cambio, el Embajador que ha renunciado voluntariamente no es elegible para volver a solicitar una empresa o tener ningún interés financiero en un o cualquier negocio de PHARMA SERVICES durante seis (6) meses a partir de la recepción de la notificación por escrito de renuncia.
  1. Después de cualquier cancelación voluntaria, un Embajador:
  • No tendrá derecho, título, reclamación o interés a ninguna comisión o bono de las ventas generadas por la antigua organización del Embajador o cualquier otro pago en asociación con el antiguo negocio independiente del Embajador;
  • Renuncia efectivamente a todas y cada una de las reclamaciones a los derechos de propiedad o cualquier interés en o a la antigua organización de línea descendente del Embajador;
  • Recibirá comisiones y bonificaciones solo por el último período de pago completo en el que estuvo activo antes de la cancelación, menos cualquier cantidad retenida durante una investigación anterior a una cancelación involuntaria, y menos cualquier otra cantidad adeudada a la Compañía.
10.9 Terminación involuntaria
  • La Compañía se reserva el derecho de rescindir un negocio PHARMA SERVICES de Embajador por, pero no limitado a, las siguientes razones:
  • Violación de los términos o condiciones del Contrato de Embajador;
  • Violación de cualquier disposición de estas Políticas y Procedimientos;
  • Violación de cualquier disposición en el Plan de Compensación;
  • Violación de cualquier ley, ordenanza o regulación aplicable con respecto a la empresa PHARMA SERVICES;
  • Participar en prácticas comerciales poco éticas o violar las normas de trato justo y poco éticas; O
  • Devolver más de $ 20’000,000.00 COP de productos, servicios y/o herramientas de ventas para un reembolso dentro de un período de doce (12) meses calendario.
  • PHARMA SERVICES notificará al Embajador por escrito en la última dirección conocida de la intención de poner fin al negocio del Embajador y las razones de la terminación. El Embajador tendrá siete (7) días calendario a partir de la fecha de dicha notificación para apelar la terminación por escrito. PHARMA SERVICES debe recibir la apelación por escrito del Embajador dentro de los siete (7) días calendario de la fecha de la carta de terminación. Si la apelación por escrito no se recibe dentro de este período de tiempo, la terminación se considerará definitiva.
  • Si el Embajador presenta una apelación oportuna de terminación, la Compañía revisará su decisión, junto con cualquier otra información que considere relevante, reconsiderará cualquier otra acción apropiada y notificará al Embajador de su decisión. La decisión de la Compañía se considera definitiva y no está sujeta a revisión adicional.
  • Si la terminación no se cancela, la terminación será efectiva a partir de la fecha del aviso de terminación original por parte de la Compañía. A partir de entonces, se prohibirá al antiguo Embajador el uso de los nombres, marcas o signos, etiquetas, papelería, publicidad o material comercial que haga referencia o se relacione con cualquier producto o servicio de PHARMA SERVICES. La Compañía notificará al Sponsor de línea ascendente activo de la terminación, y la organización del Embajador terminado se «acumulará» al Patrocinador de línea ascendente activo en el registro.
  • El Embajador que sea despedido involuntariamente por la Compañía no podrá volver a solicitar una empresa, ya sea bajo el nombre actual o cualquier otro nombre o entidad, sin el consentimiento expreso por escrito de PHARMA SERVICES. En cualquier caso, dicho Embajador no podrá volver a solicitar una empresa durante doce (12) meses a partir de la fecha de terminación.

10.10 TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA

La Compañía se reserva el derecho de rescindir cualquier Acuerdo de Embajador con la Compañía, a su entera discreción, por conveniencia, con treinta (30) días de notificación por escrito. La Compañía no estará obligada a tener ningún motivo ni a probar ninguna causa para rescindir cualquier Acuerdo de Embajador por conveniencia. Si y cuando se rescinde cualquier Contrato de Embajador con la Compañía, El Embajador no tendrá ningún reclamo contra la Compañía, sus afiliadas o sus respectivos funcionarios, directores, agentes, empleados, sirvientes y representantes, ni ningún derecho a reclamar o cobrar el lucro cesante como oportunidades perdidas o cualquier otro daño. La rescisión resultará en la pérdida de todos los beneficios como Embajador. Los términos de este documento satisfacen todos y cada uno de los reclamos legales y estatutarios, incluido, entre otros, cualquier derecho a un aviso razonable de la terminación de la relación contractual. El aviso puede verse afectado por el correo electrónico enviado por el Embajador a la Compañía o por la entrega por mensajería urgente a la última dirección proporcionada por el Embajador o por cualquier otro método mediante el cual el Embajador reciba un aviso real de terminación, lo que ocurra primero.

11.0 SANCIONES DISCIPLINARIAS

11.1 Imposición de la acción disciplinaria – Propósito

Es la intención de PHARMA SERVICES que la integridad y la equidad deben impregnar su fuerza de ventas, proporcionando así a todos las mismas oportunidades para que todos los Embajadores construyan un negocio exitoso. Por lo tanto, nos reservamos el derecho de imponer sanciones disciplinarias en cualquier momento, cuando determinemos que un Embajador ha violado el Acuerdo, cualquiera de estas Políticas y Procedimientos, o el Plan de Compensación que pueda ser modificado de vez en cuando por la Compañía.

Consecuencias y solución de incumplimiento

Las acciones disciplinarias pueden incluir una o más de las siguientes:

  • Supervisar la conducta de un Embajador durante un período de tiempo específico para asegurar el cumplimiento;
  • Emisión de una advertencia por escrito o exigir al Embajador que tome medidas correctivas inmediatas;
  • Imposición de una multa (que puede imponerse inmediatamente o retenida de futuros pagos de comisiones) o la retención de pagos de comisiones («retención de la Comisión») hasta que se resuelva el asunto que causa la Retención de la Comisión o hasta que la Compañía reciba garantías adicionales adecuadas del Embajador para garantizar el cumplimiento futuro;
  • Suspensión de la participación en eventos, recompensas o reconocimientos relacionados con la Empresa o el Embajador;
  • Suspensión del Contrato de Embajador y de su negocio por uno o más períodos de pago;
  • Terminación involuntaria del Contrato de Embajador y de su negocio;
  • Cualquier otra medida que consideremos factible y apropiada para resolver justamente las lesiones causadas por la violación o incumplimiento contractual del Embajador;
  • Procedimientos legales de reparación monetaria o equitativa.

12.0 RESOLUCIÓN DE DISPUTA

Quejas

Si un Embajador tiene una queja contra otro Embajador con respecto a cualquier práctica o conducta relacionada con sus respectivos negocios PHARMA SERVICES, se alienta al Embajador a resolver el problema directamente con la otra parte. Si no se puede llegar a un acuerdo, debe ser reportado directamente al Departamento de Cumplimiento Normativo de la Compañía como se describe a continuación.

  • El Departamento de Cumplimiento Normativo será la autoridad final para resolver dicha queja y su decisión por escrito será definitiva y vinculante para los Embajadores involucrados.
  • PHARMA SERVICES limitará su participación a disputas relacionadas únicamente con asuntos comerciales de PHARMA SERVICES. No decidiremos cuestiones que impliquen conflictos de personalidad o conductas no profesionales por o entre Embajadores fuera del contexto del negocio de la Compañía. Estos problemas van más allá del alcance de la Compañía y no pueden utilizarse para justificar un Sponsor, cambio de ubicación o transferencia.
  • PHARMA SERVICES no considera, hacer cumplir o mediar acuerdos de terceros entre Embajadores, ni proporciona nombres, fondos o asesoramiento para obtener asesoramiento legal externo.

Proceso de Quejas:

Un Embajador debe enviar un correo electrónico directamente al Departamento de Cumplimiento Normativo de la Empresa. En la carta se expondrán los detalles del incidente de la siguiente manera:

  • La naturaleza del incumplimiento y los hechos específicos que respaldan esas alegaciones;
  • Fechas y el número de ocurrencias;
  • Personas involucradas; Y
  • Cualquier otra documentación de apoyo.
  • Al recibir la queja por escrito, la Compañía llevará a cabo una investigación general.

La Compañía tomará una decisión final y notificará oportunamente a los Embajadores, involucrados. Los Embajadores involucrados no podrán apelar la decisión final de la compañía.

 

12.2 Arbitraje

 Toda controversia o diferencia relativa a la celebración, ejecución, desarrollo, interpretación y liquidación del contrato de Embajador, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento designado por la Cámara de Comercio de Bogotá mediante sorteo entre los árbitros inscritos en la lista que lleva dicha Cámara. La organización interna del tribunal se sujetará a las reglas previstas para dicho efecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El tribunal decidirá en derecho y estará integrado por 1 árbitro, siendo su decisión obligatoria para las partes.

12.3 Daños

 En cualquier caso, que surja o se relacione con la terminación indebida del Contrato de Embajador y/o de un negocio PHARMA SERVICES de Embajador, la Compañía y el Embajador acuerdan que los daños serán extremadamente difíciles de determinar. Por lo tanto, la Compañía y el Embajador estipulan que, si la terminación involuntaria del Contrato de Embajador y/o la pérdida del negocio de Embajador PHARMA SERVICES se demuestra y se considera injusta bajo cualquier teoría del derecho, el único recurso del Embajador será liquidado daños calculados de la siguiente manera:

  • Para los Embajadores en el rango «Pagado como» del 18% o superior (con la excepción del párrafo II infra), los daños liquidados serán en el monto de su compensación bruta que ganó de conformidad con el Plan de Compensación de PHARMA SERVICES en los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la terminación.
  • Para los Embajadores en el rango «Pagado como» del 22%, los daños liquidados serán en el monto de su compensación bruta que ganó de conformidad con el Plan de Compensación de PHARMA SERVICES en los veinticuatro (24) meses inmediatamente anteriores a la terminación.

En cualquier acción que surja o se relacione con el Contrato, el negocio de PHARMA SERVICES, o la relación entre la Compañía y el Embajador, ambas partes renuncian a todas las reclamaciones por daños incidentales y/o consecuentes, incluso si la otra parte ha sido informada de la probabilidad de tales daños. La Compañía y el Embajador renuncian además a todas las reclamaciones a daños ejemplares y punitivos.

12.4 Divisibilidad

Si se determina que alguna disposición de estas Políticas y Procedimientos es inválida o inaplicable por cualquier motivo, solo se cortará la disposición no válida. Los términos y disposiciones restantes del presente documento permanecerán en pleno vigor y se interpretarán como si tal disposición inválida o inaplicable nunca hubiera compuesto una parte de estas Políticas y Procedimientos.

 

12.5 Exención

Sólo un oficial de PHARMA SERVICES puede, por escrito, afectar una renuncia a estas Políticas y Procedimientos. La renuncia de la Compañía a cualquier incumplimiento particular por parte de un Embajador no afectará nuestros derechos con respecto a cualquier incumplimiento posterior, ni afectará los derechos u obligaciones de cualquier otro Embajador.

La existencia de cualquier reclamación o causa de acción de un Embajador contra la Compañía no constituirá una defensa a Nuestra aplicación de cualquier término o disposición que se encuentre en estas Políticas y Procedimientos.

 

12.6 Sucesores y reclamaciones

 

El acuerdo será vinculante y redundará en beneficio de las partes y sus respectivos sucesores y cesionarios.

13.0 GLOSARIO

EMBAJADOR ACTIVO: Un Embajador que satisface los requisitos de volumen mínimo según se define en el Plan de Compensación para garantizar la elegibilidad para recibir comisiones y bonificaciones.

CONTRATO: El contrato entre la Compañía y cada Embajador, que incluye: estas Políticas y Procedimientos y el Plan de Compensación de PHARMA SERVICES, todo en su forma actual y enmendado por la Compañía en el futuro. Estos documentos se denominan colectivamente el «Contrato».

EMBAJADOR: Una persona que genera comisiones por ventas minoristas y creación de negocios.

MARCAS COMERCIALES DE PHARMA SERVICES: Cualquier nombre comercial, nombre corporativo, marcas comerciales, logotipos, nombres de servicios, marcas de servicios, nombres de productos, frases publicitarias con licencia de PHARMA SERVICES, utilizados por PHARMA SERVICES o propiedad de PHARMA SERVICES.

CANCELAR: la terminación del negocio de una Embajador. La cancelación puede ser voluntaria o involuntaria.

PLAN DE COMPENSACIÓN: Las pautas y la literatura de referencia para describir cómo los Embajador pueden generar comisiones y bonificaciones. Consulte el Plan de compensación oficial de PHARMA SERVICES para obtener más detalles.

CLIENTE: Cliente que compra productos PHARMA SERVICES y no se dedica a la venta al por menor de productos ni a la creación de un negocio.

LÍNEA DE PATROCINIO: Embajador Un informe generado por PHARMA SERVICES que proporciona datos críticos relacionados con las identidades de Embajador, información de ventas y actividad de inscripción de cada organización de Embajador. Este informe contiene información confidencial y secreta comercial que es propiedad de PHARMA SERVICES.

ORGANIZACIÓN: Clientes y Embajadores debajo de un Embajador en particular.

MATERIALES OFICIALES DE LA COMPAÑÍA: Literatura, cintas de audio o video y otros materiales desarrollados, impresos, publicados y distribuidos por PHARMA SERVICES a sus Embajadores.

COLOCACIÓN: Su puesto dentro de la organización de su Patrocinador.

RECLUTAR: Para los propósitos de la política de Conflicto de Intereses de la Compañía, el término «Reclutar» significa la solicitud, inscripción, estímulo o esfuerzo real o intentado para influir de cualquier otra manera, ya sea directa, indirectamente o a través de un tercero, Cliente (s) o EMBAJADOR (es) para inscribirse o participar en otra oportunidad de venta directa, mercadeo en red o mercadeo multinivel.

REVENDIBLE: Los productos se considerarán «revendibles» si se satisface cada uno de los siguientes elementos: (i) los productos permanecen sin abrir y sin usar; (ii) el empaque y el etiquetado originales del producto no están alterados y no presentan daños; (iii) los productos están en condiciones tales que es una práctica comercialmente razonable dentro del comercio vender la mercancía a precio completo; y (iv) el producto contiene el etiquetado actual de PHARMA SERVICES. Cualquier mercancía que esté claramente identificada en el momento de la venta como no retornable, descontinuada o como un artículo de temporada, no se podrá revender.

SPONSOR: Un Embajador que inscribe a un Cliente u otro Embajador en la Compañía y figura como Sponsor en el Acuerdo de Embajador. El acto de inscribir a otros y capacitarlos para que se conviertan en Embajador se conoce como «patrocinio».

LÍNEA ASCENDENTE: Este término se refiere a los Embajadores encima de un Embajador en particular en una línea de patrocinio de la Compañía. Es la línea de sponsors que vincula a cualquier Embajador en particular con la Compañía.

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